Resolución de 23 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 15 de junio de 2026, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y la distribución de las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2026 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil. Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, y del Plan de Desarrollo Gitano.

Publicación: 03 de julio de 2026

Reparto territorial 2026 del crédito de Protección a la Familia, Atención a la Pobreza Infantil, Prestaciones Básicas de Servicios Sociales y Plan de Desarrollo Gitano

Fuente: BOE número 161, 03 de julio de 2026

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 23 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (identificador BOE-A-2026-14485), por la que se hace público el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, adoptado en su reunión extraordinaria de 15 de junio de 2026. El Acuerdo fija los criterios de distribución territorial y las cuantías resultantes entre las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) y las ciudades de Ceuta y Melilla del crédito destinado en 2026 al Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil / Prestaciones Básicas de Servicios Sociales (198.704.000 €, autorizado por el Consejo de Ministros el 5 de mayo de 2026) y al Plan de Desarrollo Gitano (2.000.000 €).

Los criterios y la distribución coinciden con los aprobados para el ejercicio 2025, al encontrarse los Presupuestos Generales del Estado de 2025 prorrogados para 2026.

Naturaleza del Acuerdo

El Acuerdo tiene como objeto exclusivo la distribución del crédito entre comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, sin que implique por sí mismo su ejecución ni el nacimiento de obligación económica alguna con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Las resoluciones que formalicen los compromisos financieros resultantes se aprobarán con posterioridad por el órgano competente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

A) Protección a la familia y atención a la pobreza infantil — 65.000.000 €

A.1) Protección a la familia y atención a la pobreza infantil — 50.000.000 €

Financia proyectos de intervención social y prestaciones económicas y/o en especie dirigidos a familias con menores a cargo en situación de privación material severa o riesgo de pobreza y exclusión, con especial atención a familias monomarentales o monoparentales. Los proyectos se enmarcan en tres tipologías: cobertura de necesidades básicas, apoyo a la conciliación familiar y laboral, y servicios de intervención y apoyo familiar.

Criterios de distribución: 80 % según los criterios del Plan Concertado (población 90 %, superficie 5 %, población dependiente 2,3 %, dispersión 1,5 %, grandes urbes 0,7 %, insularidad 0,5 %) y 20 % según el indicador AROPE de personas en riesgo de pobreza y exclusión social (ECV 2020, INE).

Distribución del crédito A.1 por comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla — 2026
Comunidad Autónoma Porcentaje de reparto Cuantía resultante (€)
Andalucía 17,45 8.722.434,37
Aragón 3,54 1.772.003,99
Principado de Asturias 3,33 1.664.135,61
Illes Balears 2,51 1.254.252,65
Canarias 5,11 2.556.612,60
Cantabria 2,29 1.146.485,31
Castilla y León 6,92 3.462.201,53
Castilla-La Mancha 5,67 2.834.268,19
Cataluña 12,41 6.206.264,93
Comunidad Valenciana 9,43 4.712.439,93
Extremadura 4,25 2.124.597,16
Galicia 7,46 3.732.188,11
Comunidad de Madrid 10,19 5.095.727,08
Región de Murcia 4,11 2.055.528,64
La Rioja 1,56 777.815,76
Ciudad de Ceuta 1,93 964.974,95
Ciudad de Melilla 1,84 918.069,19
Total CC. AA. 100,00 50.000.000,00

 

A.2) Alimentación, ocio y cultura infantil en vacaciones escolares y conciliación familiar y laboral — 15.000.000 €

Financia proyectos de alimentación saludable, ocio educativo y conciliación familiar y laboral para niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad durante periodos vacacionales o no lectivos, desarrollados en un marco generalista junto a menores no beneficiarios, para evitar la estigmatización. Utiliza los mismos criterios de distribución que el subprograma A.1.

Distribución del crédito A.2 por comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla — 2026
Comunidad Autónoma o Ciudad Porcentaje de reparto Cuantía resultante (€)
Andalucía 17,20 2.580.188,00
Aragón 3,60 539.542,00
Principado de Asturias 3,43 515.171,00
Illes Balears 2,51 376.974,00
Canarias 5,10 765.562,00
Cantabria 2,39 358.208,00
Castilla y León 7,07 1.060.937,00
Castilla-La Mancha 5,74 861.434,00
Cataluña 12,01 1.801.739,00
Comunidad Valenciana 9,25 1.387.326,00
Extremadura 4,42 662.376,00
Galicia 7,58 1.137.097,00
Comunidad de Madrid 9,82 1.473.460,00
Región de Murcia 4,20 629.856,00
La Rioja 1,58 237.600,00
Ciudad de Ceuta 2,09 313.900,00
Ciudad de Melilla 1,99 298.630,00
Total 100,00 15.000.000,00

 

B) Refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia en servicios sociales de atención primaria (LOPIVI) — 25.000.000 €

Financia el refuerzo de los equipos de infancia y familia de la Red de servicios sociales de atención primaria, en desarrollo del capítulo VII de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Requiere cofinanciación autonómica de, al menos, igual cuantía que la asignada por el Ministerio.

Criterios: 80 % según los criterios del Plan Concertado y 20 % según población menor de 18 años (datos de 2022), con un porcentaje fijo del 0,5 % para Ceuta y Melilla y del 1,5 % para Cantabria y La Rioja.

Distribución del crédito B por comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla — 2026
Comunidad Autónoma Porcentaje distribución final Cuantía resultante (€)
Andalucía 18,73 4.683.000
Aragón 3,24 810.500
Asturias, Principado de 2,23 557.500
Balears, Illes 2,56 641.000
Canarias 4,79 1.198.000
Cantabria 1,50 375.000
Castilla y León 5,67 1.418.000
Castilla-La Mancha 4,94 1.235.500
Cataluña 16,66 4.164.500
Comunidad Valenciana 10,80 2.700.500
Extremadura 2,52 629.000
Galicia 6,24 1.561.000
Madrid, Comunidad de 14,25 3.561.500
Murcia, Región de 3,36 840.000
Rioja, La 1,50 375.000
Ceuta 0,50 125.000
Melilla 0,50 125.000
Total 100 25.000.000

 

C) Prestaciones básicas de Servicios Sociales — 108.704.000 €

Cofinancia el mantenimiento de la Red de servicios sociales de atención primaria gestionada por las corporaciones locales, para el desarrollo de las prestaciones básicas de información y orientación, ayuda a domicilio y apoyo a la unidad de convivencia, alojamiento alternativo, y prevención e inserción social. Requiere cofinanciación autonómica de, al menos, igual cuantía que la asignada por el Ministerio.

Criterios de distribución (datos actualizados a 2021): población 90 %, superficie 5 %, población dependiente 2,3 %, dispersión 1,5 %, grandes urbes 0,7 %, insularidad 0,5 %, con un porcentaje fijo del 0,5 % para Ceuta y Melilla y un mínimo garantizado del 1,5 % para las comunidades que quedaran por debajo de ese umbral (Cantabria y La Rioja).

Distribución del crédito C por comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla — 2026
Comunidad Autónoma Porcentaje final Cuantía resultante (€)
Andalucía 18,39 19.957.791,74
Aragón 3,35 3.635.318,02
Asturias, Principado de 2,37 2.572.846,85
Balears, Illes 2,53 2.749.925,38
Canarias 4,89 5.301.939,46
Castilla y León 6,01 6.520.656,38
Castilla-La Mancha 5,01 5.437.352,45
Cataluña 16,38 17.770.351,10
Comunidad Valenciana 10,69 11.603.851,78
Extremadura 2,60 2.822.840,06
Galicia 6,60 7.156.055,81
Madrid, Comunidad de 13,95 15.135.005,95
Murcia, Región de 3,23 3.499.905,02
Cantabria 1,50 1.627.560,00
Rioja, La 1,50 1.627.560,00
Ceuta 0,50 542.520,00
Melilla 0,50 542.520,00
Total 100,00 108.504.000,00

La tabla anterior no incluye el incremento de 100.000,00 € para cada una de las ciudades de Ceuta y Melilla, mantenido en aplicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2007 sobre mejora del autogobierno de dichas ciudades.

 

Plan de Desarrollo Gitano — 2.000.000 €

Financia proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano, en el marco de la Estrategia nacional para la igualdad, la inclusión y la participación de la población gitana 2021-2030. Las comunidades autónomas, ciudades de Ceuta y Melilla y/o corporaciones locales deberán aportar, al menos, dos tercios de la cantidad financiada por el Ministerio. La distribución se basa en la población gitana estimada en el Estudio-Mapa de Vivienda de población gitana de 2015.

Distribución del crédito del Plan de Desarrollo Gitano por comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla — 2026
Comunidad Autónoma Porcentaje de reparto Cuantía resultante (€)
Andalucía 38,04 760.800
Aragón 2,58 51.600
Asturias, Principado 2,76 55.200
Balears, Illes 1,77 35.400
Canarias 0,57 11.400
Cantabria 0,72 14.400
Castilla y León 5,30 106.000
Castilla-La Mancha 3,86 77.200
Cataluña 11,75 235.000
Comunidad Valenciana 12,39 247.800
Extremadura 2,61 52.200
Galicia 2,50 50.000
Madrid, Comunidad de 8,62 172.400
Murcia, Región de 5,49 109.800
Rioja, La 0,68 13.600
Ceuta 0,22 4.400
Melilla 0,14 2.800
Total 100,00 2.000.000

 

Resumen de la asignación a la Región de Murcia

  • A.1) Protección a la familia y pobreza infantil: 2.055.528,64 €
  • A.2) Alimentación, ocio y conciliación vacacional: 629.856,00 €
  • B) Refuerzo de equipos de atención a la infancia (LOPIVI): 840.000,00 €
  • C) Prestaciones básicas de Servicios Sociales: 3.499.905,02 €
  • Plan de Desarrollo Gitano: 109.800,00 €

Suma de las cinco asignaciones: 7.135.089,66 €. Esta suma es un cálculo derivado de las cifras del anexo del BOE; no figura como cuantía agregada en el texto original.

Tramitación y gestión de los créditos

Los pagos se efectuarán por cuartas partes en la segunda quincena de cada trimestre, salvo el primer pago del ejercicio, que acumula los importes del primer y segundo trimestre (50 %), seguido de un pago del 25 % en el tercer trimestre y otro del 25 % restante en el último trimestre. Las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla deben remitir un estado de ejecución o certificado de remanentes no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente, así como una Memoria de evaluación financiera y técnica en los seis meses posteriores a la finalización del ejercicio presupuestario (con posibilidad de prórroga hasta el 30 de noviembre).

Más información:

Texto completo de la Resolución (BOE núm. 161, de 3 de julio de 2026, páginas 92272 a 92286): https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/03/pdfs/BOE-A-2026-14485.pdf

Identificador: BOE-A-2026-14485.

Imagen Resolución de 23 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 15 de junio de 2026, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y la distribución de las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2026 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil. Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, y del Plan de Desarrollo Gitano.

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