Extracto de la Orden de 6 de julio de 2026 de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2026, el transporte público de viajeros a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tengan reconocido el grado de movilidad reducida en el ámbito de la Región de Murcia.

Publicación: 08 de julio de 2026

Convocatoria de subvenciones para transporte de personas con discapacidad y movilidad reducida (2026)

Extracto de la Orden de 6 de julio de 2026 de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2026, el transporte público de viajeros a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida en el ámbito de la Región de Murcia.

Publicado en el BORM número 155, de 8 de julio de 2026. BDNS (Identif.): 917464.

Beneficiarios

Podrán solicitar la subvención las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar inscrita la asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.
  • Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Tener reflejado en sus estatutos, como fines primordiales, la inserción/integración laboral, formación, rehabilitación física y autonomía personal.
  • Tener inscritos usuarios mayores de 16 años con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, con grado de movilidad reducida reconocido, que estén en prácticas laborales o en programas de inserción/integración laboral, formación, rehabilitación física o autonomía personal.

Objeto

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para financiar el transporte público regular de uso general, en taxi y en vehículos arrendados con conductor, para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación, rehabilitación física y autonomía personal. El periodo subvencionable abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

Cuantía

El gasto autorizado asciende a 20.000,00 €, distribuidos en 10.000,00 € para 2026 y 10.000,00 € para 2027, con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99. La subvención máxima por asociación es de 4.000,00 €.

Plazo de presentación de solicitudes

15 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BORM.

Criterio de valoración

Se otorga 1 punto por cada trayecto anual estimado que realizarán los usuarios durante 2026, con un máximo de 35 puntos.

Pago y justificación

Se abonará por anticipado el 50% de la subvención concedida, a cuenta de la liquidación final, que se realizará en el primer trimestre de 2027. Antes del 1 de abril de 2027, las asociaciones beneficiarias deberán presentar ante la Dirección General competente en materia de transportes:

  • Certificados de las empresas concesionarias de transporte público de viajeros, con los billetes emitidos, el importe abonado y el trayecto realizado.
  • Facturas de los desplazamientos en taxi y justificante de pago.
  • Facturas de los desplazamientos en vehículos arrendados con conductor y justificante de pago.

Más información

Texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/917464

Imagen Extracto de la Orden de 6 de julio de 2026 de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2026, el transporte público de viajeros a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tengan reconocido el grado de movilidad reducida en el ámbito de la Región de Murcia.

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