Extracto de la Orden de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial de 6 de julio de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2026 y en el ámbito de la Región de Murcia, la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.
Extracto de la Orden de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial de 6 de julio de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2026 y en el ámbito de la Región de Murcia, la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.
Convocatoria de subvenciones para adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos (2026)
Extracto de la Orden de 6 de julio de 2026 de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2026 y en el ámbito de la Región de Murcia, la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.
Publicado en el BORM número 155, de 8 de julio de 2026. BDNS (Identif.): 917463.
Beneficiarios
Podrán solicitar la subvención las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscrita la asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.
- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Tener reflejado en sus estatutos, como fines primordiales, la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.
- Tener inscritos usuarios con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.
- Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.
Objeto
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para financiar la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% con movilidad reducida reconocida, siempre que dicha adquisición, arrendamiento o adaptación se realice entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y el vehículo se utilice para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.
Cuantía
El gasto autorizado asciende a 25.000,00 €, distribuidos en 12.500,00 € para 2026 y 12.500,00 € para 2027, con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99. La subvención máxima por asociación es de 6.000,00 €.
Plazo de presentación de solicitudes
15 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BORM.
Criterio de valoración
La valoración se realiza en función de los vehículos ya adscritos a los fines de la entidad solicitante, hasta un máximo de 40 puntos:
- No contar con otro vehículo afecto a los fines de la entidad: 40 puntos.
- Más del 50% de los vehículos afectos a los fines de la entidad con más de 10 años: 30 puntos.
- Más del 50% de los vehículos afectos a los fines de la entidad con menos de 10 años: 20 puntos.
- Más del 50% de los vehículos afectos a los fines de la entidad con menos de 5 años: 10 puntos.
Para el cómputo de la antigüedad de los vehículos se tendrá en cuenta el periodo desde la fecha de matriculación hasta la fecha de publicación de la convocatoria de la subvención en el ejercicio.
Pago y justificación
Se abonará por anticipado el 50% de la subvención concedida, a cuenta de la liquidación final, que se realizará en el primer trimestre de 2027. Antes del 1 de abril de 2027, las asociaciones beneficiarias deberán presentar ante la Dirección General competente en materia de transportes:
- Factura de adquisición, arrendamiento o adaptación del vehículo.
- Justificante acreditativo del pago de dicha factura, que podrá consistir en: resguardo del cargo de la transferencia bancaria (con el número y fecha de la factura en el concepto); extracto bancario acreditativo del movimiento (en caso de cheque o pagaré, con número y fecha de la factura en el concepto); o certificado del emisor de la factura acreditativo de su pago, si este se realizó en metálico, con referencia expresa al número, fecha e importe de la factura, la fecha de pago y el nombre, apellidos y NIF de la asociación pagadora.
Se establece expresamente que no podrán pagarse en efectivo las operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior al que fije la legislación vigente, o su contravalor en moneda extranjera.
Más información
Texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/917463
